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FISCALIDAD: IRPF (y 2), compensación de pérdidas y ganancias

24 de mayo de 2025

En el ámbito de fiscalidad personal, la compensación de pérdidas y ganancias patrimoniales es una herramienta clave para optimizar la carga tributaria. La legislación española contempla mecanismos que permiten a los contribuyentes reducir su base imponible del ahorro mediante la compensación de minusvalías y plusvalías obtenidas en el mismo ejercicio fiscal o en los cuatro siguientes.

En la anterior entrada señalábamos que la Parte del Ahorro del IRPF se divide en dos grandes familias: los Rendimientos de Capital Mobiliario, y las Ganancias y Pérdidas Patrimoniales. La normativa permite compensar las pérdidas y ganancias obtenidas en el mismo ejercicio fiscal en cada uno de estos bloques. Si, tras la compensación aún queda un saldo negativo, éste puede aplicarse al resultado positivo del otro bloque con un límite del 25% de su saldo positivo. El remanente no compensado puede trasladarse a los cuatro ejercicios fiscales siguientes. Lo explicamos con un ejemplo:

Un inversor ha realizado en el año 2024 las siguientes operaciones:

  • Venta de criptomoneda: plusvalía de 500 € (Ganancias y Pérdidas Patrimoniales)
  • Venta de acciones: minusvalía de 2.500 € (Ganancias y Pérdidas Patrimoniales)
  • Cobro de dividendos de acciones: 1.500 € (Rendimientos de Capital Mobiliario)

Realizamos la compensación inicial por bloques:

  • Ganancias y Pérdidas Patrimoniales (+500 – 2.500): -2.000 €
  • Rendimientos de Capital Mobiliario (+1.500): +1.500 €

Después de la compensación inicial en cada categoría, se puede compensar con el 25% del saldo positivo del otro bloque:

  • 25% de 1.500 € de RCM: 375 €
  • Saldo pendiente (-2.000 + 375): -1.625 € que se puede compensar en los cuatro ejercicios siguientes.

Para aplicar correctamente la compensación de pérdidas y ganancias:

  1. Recopila tu historial de operaciones. Tu asesor de inversión debe facilitarte un informe fiscal detallado. Es esencial que incluya fechas de compra y venta, precios y resultados netos.
  2. Clasifica las rentas del ahorro. En la declaración del IRPF, las rentas del ahorro se dividen en dos grandes grupos: Rendimientos del Capital Mobiliario y Ganancias y Pérdidas Patrimoniales. Ambas se pueden compensar parcialmente entre sí, hasta un 25%, en caso de que haya saldo negativo en alguno de los bloques.
  3. Sigue el orden de compensación: Hacienda exige seguir una secuencia:
    • Compensar ganancias con pérdidas del mismo tipo.
    • Si aún queda pérdida sin compensar, se puede aplicar hasta un 25% sobre los beneficios del otro grupo.
    • El remanente se puede guardar para los próximos 4 años.

Es importante tener en cuenta ciertas limitaciones:

  • Operaciones vinculadas: No se permite la compensación de pérdidas si se recompran valores homogéneos en los dos meses anteriores o posteriores a la venta.
  • Compensar en el orden correcto: Si compraste acciones o participaciones en distintos momentos, Hacienda usará la regla «First In, First Out» (primero en entrar, primero en salir) para calcular el precio de compra. Esto puede hacer que el resultado fiscal no coincida con lo que se cree que se ha ganado o perdido.
  • Donaciones: Las pérdidas derivadas de donaciones no son compensables.
  • Plazo de compensación: Las pérdidas no compensadas deben aplicarse en los cuatro ejercicios fiscales siguientes. Por ejemplo, las pérdidas de 2021 deben compensarse antes de finalizar 2025.

La compensación de pérdidas y ganancias es una estrategia fiscal efectiva para reducir la carga impositiva en la declaración de la renta. Una planificación adecuada y el conocimiento de la normativa vigente permiten optimizar la tributación de las inversiones. Consulta siempre a tu asesor para casos complejos o con múltiples operaciones.

Alejandra Blanco González